A- de 2023
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Coral Arciniegas Eduin Fernando·Demandado Tipas Cuaspud Miriam Del Pilar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Cumbal y la Jurisdicción Especial Indígena del Resguardo Indígena de Cumbal.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la demanda ejecutiva con título hipotecario que se inició en contra de una ciudadana, con el fin de que se librara mandamiento de pago por la suma de dinero correspondiente a la obligación contenida en una escrita pública, el pago de intereses causados y el embargo y secuestre del inmueble objeto de gravamen.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones encontró la Corte que no se satisfizo el objetivo.
Ello, por cuanto el proceso ejecutivo subyacente a la controversia avanzó desde el mandamiento de pago hasta la imposición de medidas cautelares, el remate y adjudicación del bien al posible acreedor.
Con lo anterior estaría satisfecha la pretensión del demandante y el proceso objeto de controversia habría cumplido su finalidad.
Con base en la anterior consideración la Sala Plena se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Cumbal, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al gobernador del cabildo indígena involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-740 al Juzgado Promiscuo Municipal de Cumbal, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Gobernador del Cabildo Indígena del Gran Cumbal.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.